¿Es obligatorio el registro retributivo para mi empresa?
Si. Desde abril de 2021, todas las empresas en España estan obligadas a elaborar un registro retributivo, independientemente de su tamano. Incluso con un solo empleado. Esta obligacion se establece en el RD 902/2020 y el Art. 28 del Estatuto de los Trabajadores.
¿Mis datos estan seguros?
Absolutamente. BrechaCheck procesa todos los datos exclusivamente en tu navegador. Ningun dato salarial se envia a ningun servidor. No utilizamos cookies, analytics ni rastreo. Al cerrar la pestana, toda la informacion desaparece. Puedes verificarlo desconectando internet: la herramienta funciona exactamente igual.
¿Que pasa si la brecha supera el 25%?
Segun el Art. 28 del Estatuto de los Trabajadores, si la diferencia retributiva es igual o superior al 25%, la empresa debe incluir una justificacion de que esa diferencia no responde a motivos de discriminacion por sexo. BrechaCheck detecta automaticamente esta situacion y te avisa.
¿Que cambia con la Directiva UE 2023/970?
La Directiva Europea de Transparencia Retributiva debe transponerse antes del 7 de junio de 2026. Reduce el umbral de brecha del 25% al 5%, obliga a publicar el salario en ofertas de empleo, y activa procesos de evaluacion automaticos cuando se supera el umbral. BrechaCheck ya incluye alertas para ambos umbrales.
¿El informe PDF sirve como registro retributivo oficial?
El informe de BrechaCheck es un documento de diagnostico que facilita la elaboracion del registro retributivo. Se recomienda revisarlo con un asesor laboral antes de presentarlo como documento oficial. La normativa no exige un formato especifico para el registro, pero si exige que contenga los datos desagregados que BrechaCheck calcula.
¿Puedo usar BrechaCheck para varios clientes si soy asesor?
Si. El Pack Asesorias permite generar informes PDF para multiples clientes a un precio reducido (10 informes por 150 €). Cada informe se vincula al CIF del cliente correspondiente. Contactenos para volumenes superiores.
¿Cuanto puede costarme la multa por no tener registro retributivo?
Segun la LISOS (Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social), no disponer del registro retributivo puede considerarse infraccion grave con sanciones de 751 € a 7.500 €. Si ademas se detecta discriminacion salarial por razon de sexo, se considera infraccion muy grave con sanciones de 7.501 € a 225.018 € (Art. 40.1 y Art. 8.12 LISOS, actualizado por Ley 10/2021).